El abogado y secretario de Confederaciones Rurales Argentinas, Adrián Luna Vázquez, analizó la cautelar sobre la Ley de Tierras y detalló el proyecto contra el vandalismo rural que se debatirá el 21 de octubre en Diputados.
En diálogo exclusivo con el programa La Otra Campana, el abogado y secretario de Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), Adrián Luna Vázquez, analizó la reciente medida cautelar sobre la Ley de Tierras y detalló el proyecto contra el vandalismo rural que se debatirá en el Congreso nacional.
El rol de la Corte Suprema de Justicia de la Nación como ámbito de resolución de conflictos políticos y la judicialización de normas emanadas del Poder Ejecutivo y el Congreso fueron los ejes del debate en los micrófonos de la radiofonía regional.
Los periodistas Gustavo Adolfo Ojeda y Facundo Sagardoy convocaron al doctor Adrián Luna Vázquez, letrado con trayectoria en las provincias de Corrientes y Misiones, quien además ejerce la secretaría de CRA.
Durante la transmisión de La Otra Campana, realizada en dúplex por LT7 Radio Corrientes y LT25 Radio Guaraní, el dirigente y constitucionalista abordó el fallo Árboles de Pie, la protección del medio ambiente desde la perspectiva del productor agropecuario y la sesión legislativa prevista para el próximo 21 de octubre.
A continuación, los pasajes más destacados de la entrevista.
—En los últimos días generó impacto el fallo judicial en la causa Árboles de Pie, dictado diez días después de la resolución del caso Cecim (Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas – La Plata). ¿Cuál es el análisis técnico que realizan desde el sector sobre esta decisión que restablece temporalmente las restricciones a la compra de campos por parte de extranjeros?
—Nos causa una gran preocupación. En primer lugar, tal como lo expresa el voto del juez Rosenkrantz, la mera referencia genérica al medio ambiente no puede habilitar una medida cautelar de esta envergadura. Quien compra un campo en la Argentina está obligado a respetar todas las leyes ambientales vigentes, por lo que no se comprende qué daño directo se pretende evitar al impedir una compraventa. Pero lo que más nos preocupa es el precedente que se sienta. Si la simple mención de la palabra «ambiente» habilita a suspender los efectos de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) —que mientras esté vigente tiene los mismos efectos que una ley—, cualquier juez inferior de la República con ese mismo criterio podría dictar cautelares y frenar cualquier norma o actividad en el ámbito rural. La Corte actuó en este caso por una razón estricta y eminentemente política.
—Prestigiosos juristas como los doctores Andrés Gil Domínguez y Aquino Britos coincidieron en señalar que este tipo de actuaciones por parte de la Corte Suprema resultan arbitrarias, dogmáticas y de una severa gravedad institucional. ¿Comparte ese criterio?
—Coincido plenamente. Es un fallo arbitrario sin lugar a dudas y de una gravedad institucional tremenda. El propio voto de la mayoría reconoce de entrada que el tribunal no tiene competencia originaria en el caso. Además, no había un caso concreto ni un daño acreditado o manifestado. Históricamente, la Corte ha sido extremadamente rigurosa en exigir la demostración del daño para conceder cautelares —incluso en fallos emblemáticos como Mendoza o Defensor del Pueblo contra la Provincia del Chaco—, o en casos excepcionales de salud donde la vida de un menor estaba en riesgo o el agua contenía arsénico. Aquí no existía nada de eso. Lo institucionalmente correcto hubiese sido seguir la postura del voto minoritario: devolver el expediente a los tribunales inferiores para que analicen la legitimación de las partes y si corresponde o no una cautelar, pero los jueces no deben legislar a través de sus fallos.
—Al instalarse la discusión de que los jueces están asumiendo roles legislativos, ¿considera que el debate debe reorientarse indefectiblemente hacia el Congreso de la Nación, la «Casa del Pueblo»?
—Por supuesto, es el Congreso el que tiene que resolver estos problemas y no la Corte Suprema. Para el próximo 21 de octubre a las 12 hay una convocatoria a sesión en la Cámara de Diputados, donde el primer tema en la orden del día será justamente la Ley de Tierras.
—En esa misma sesión del 21 de octubre se incluirá el tratamiento del proyecto sobre Vandalismo Rural. ¿Cuál es el origen de esta propuesta y qué penalidades introduce en el Código Penal?
—Es un proyecto de ley impulsado desde Confederaciones Rurales Argentinas que redactamos en el año 2022 en colaboración con el doctor Goya. Había perdido estado parlamentario y afortunadamente volvió a tomar impulso con dictamen favorable de comisión. La norma establece que el solo hecho de ingresar a un predio rural sin la debida autorización de quien tiene derecho a darla pasa a ser un delito. Además, crea la figura del daño agravado para los ataques a las producciones agropecuarias o a las instalaciones de los campos, aplicando penas de hasta 8 años de prisión y multas de hasta 12 veces el valor de los bienes destruidos. También sanciona con dureza a quien instigue a causar estos destrozos.
—La iniciativa de Vandalismo Rural obtuvo 41 firmas de respaldo en el dictamen conjunto de las comisiones de Legislación Penal y de Agricultura. ¿Por qué es tan crucial esta ley para el día a día de las familias productoras del interior?
—Originalmente nació en 2022 frente a la ola de ataques e instigaciones para romper silobolsas. Sin embargo, al trabajarlo en la CRA con representantes de todo el país, vimos que el problema era mucho más amplio: en Misiones ingresaban a los campos a destrozar yerbales por el solo hecho de hacer daño; en la Patagonia destruían molinos o rompían las antenas satelitales que le dan conectividad al poblador rural.
Hay que entender la realidad del arraigo rural: en la ciudad uno tiene al vecino al lado o llama a la Policía y la patrulla llega en minutos. En el campo, un establecimiento puede estar a 100 o 200 kilómetros del centro urbano más cercano, viviendo en un absoluto desamparo. Si los gobiernos destacan la generación de divisas de la producción agropecuaria, también deben proteger al productor. Como bien señaló el diputado Ardohain en el debate de comisión, el Código Penal argentino ha tenido históricamente un sesgo urbanístico que ya es hora de equiparar con una adecuada protección a la ruralidad.
