Condenaron a dos años de prisión en suspenso a un hombre por zoofilia contra la perra Mohana

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La Justicia de Capital dictó una condena de dos años de prisión en suspenso contra Pedro Gauna, hallado penalmente responsable de un acto de zoofilia contra la perra Mohana. El fallo se produjo a tres meses del hecho, mediante juicio abreviado.

La Justicia de Capital dictó una condena de dos años de prisión en suspenso contra Pedro Gauna, quien fue hallado penalmente responsable de un acto de zoofilia cometido contra una perra llamada Mohana. La resolución se alcanzó a través de un acuerdo de juicio abreviado pleno impulsado por el titular de la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas (Ufic) N° 5, Angel Eugenio Machado, y homologado por la jueza de Garantías, María Cristina Sánchez.

Según la investigación del Ministerio Público Fiscal, el caso se conoció por el alerta de vecinos y la intervención de la Fundación “Mis huellas a casa”. Los integrantes de la fundación registraron en video, desde una propiedad lindante, el momento en que el acusado abusaba del animal. Con esa prueba, realizaron la denuncia ante la UFRAC capitalina, que derivó las actuaciones al fiscal Machado.

Con el aval de la fiscalía, se solicitó el allanamiento del domicilio y el rescate de la perra. Del operativo participaron efectivos de la Comisaría Octava y veterinarios de la fuerza policial. Tras poner a salvo a Mohana, la fundación aportó el video y ratificó la denuncia bajo el patrocinio de la abogada Mirta Liliana Gómez. La defensa de Gauna, a cargo del abogado José Guillermo Escalante, cuestionó el registro fílmico al calificarlo como una “invasión a la intimidad”.

El fiscal hizo prevalecer el derecho de la perra como víctima de maltrato y como ser sintiente, categoría jurídica con jurisprudencia en el país. La jueza homologó el acuerdo e impuso reglas de conducta, además de ordenar que el condenado afronte los costos del proceso.

Entre las obligaciones, Gauna deberá someterse a un tratamiento psicológico individual con la periodicidad que determine el profesional, orientado a desarrollar habilidades de autocontrol, manejo de impulsos, corrección de conductas sexuales inadecuadas y abordaje de distorsiones cognitivas vinculadas a la sexualidad. El cumplimiento deberá acreditarse mensualmente ante la Oficina Judicial (OFIJU).

La sentencia dictaminó la prohibición absoluta de tener animales de cualquier tipo y vedó al condenado realizar actos de hostigamiento contra los vecinos que descubrieron el episodio. Las partes renunciaron a los plazos legales, por lo que la jueza ordenó a la OFIJU la formación del legajo de Ejecución de Condena, y el Registro Nacional de Reincidencia será notificado de la sanción penal.

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