El Tribunal de Juicio N.° 1 dictó una condena de 20 años de prisión para Lucas Matías Mendoza, hallado autor material del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego. El hecho ocurrió el 29 de septiembre de 2025 en el barrio Llano.
El Tribunal de Juicio N.° 1 dictó una condena de 20 años de prisión para Lucas Matías Mendoza, al hallarlo autor material del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego. El hecho ocurrió el 29 de septiembre de 2025 en el barrio Llano, cuando Mendoza asesinó de un balazo a su vecino, Marcelo Antonio Quintana.
El juicio, que concluyó a ocho meses del crimen, estuvo marcado por la estrategia de la defensa. Los abogados de Mendoza argumentaron que el acusado padecía una supuesta incapacidad en su mano derecha, lo que haría imposible que hubiera percutado el arma homicida.
La Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas (Ufic) N.° 9, representada por el fiscal Jorge Antonio Casarotto, presentó pruebas que desestimaron ese argumento. Durante el debate, la fiscalía exhibió testimonios de familiares de la víctima y de un vecino, que coincidían con imágenes de cámaras de seguridad. Los videos mostraban a Mendoza y Quintana discutiendo en la vereda de la casa de este último, momentos antes del hecho.
El fiscal refutó la supuesta incapacidad motriz señalando que Mendoza había admitido haber llegado a la vivienda de la víctima conduciendo una motocicleta. Casarotto sostuvo que si el imputado podía accionar el acelerador y el freno delantero de la moto, tenía capacidad para manipular un arma de fuego. La licenciada Roxana González, del Cuerpo de Psicología Forense, testificó que durante la evaluación psicológica (Test de Bender), el acusado utilizó su mano derecha sin evidenciar impedimento.
La defensa también presentó el resultado negativo del dermotest (barrido forense para detectar pólvora). El fiscal Casarotto señaló que desde el crimen hasta la aprehensión de Mendoza transcurrió una hora y diez minutos, tiempo suficiente para que el acusado se lavara las manos de forma que influyera en el resultado de la prueba, en sintonía con pericias de José Silva y Flavia Medina de la Ufie.
Durante el proceso, la defensa presentó a dos testigos de identidad reservada. El fiscal advirtió inconsistencias en los dichos de uno de ellos y alertó al Tribunal sobre la posible comisión del delito de falso testimonio. Se ordenó la intervención de la Unidad de Recepción y Análisis de Casos (Ufrac) para iniciar una investigación paralela.
