La familia Ocampo está en libertad pero el jefe se encontró despedido del trabajo sin defensa: un caso que desafía la presunción de inocencia

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Un empleado municipal fue detenido en el marco de una causa penal y liberado 24 horas después. Sin embargo, en ese breve lapso, el municipio lo despidió sin permitirle ejercer su derecho a defensa. La decisión, calificada como “express”, pone en tensión el respeto por las garantías constitucionales.

Judiciales05/09/2025TABANO SC

DETENIDOS Y EXCARCELADOSEl jefe de familia salió en libertad pero fue despedido en menos de 24 horas.

El detenido, de 61 años, cumplía funciones de alta responsabilidad en la estructura municipal. Siendo afiliado del PRO, el partido aliado de la coalición que gobierna y cuidador de la casa partidaria en la calle San Martín de ese partido político. En la foto una comida con el concejal Felipe “Gorila” Sastre de confraternidad partidaria.

 Detención y liberación

El operativo se realizó en la vivienda de un funcionario municipal de Concordia, donde también fueron detenidos su esposa —empleada estatal— y su hijo. Este jueves por la mañana, los tres recuperaron la libertad, sujetos a la causa judicial por presunta tenencia simple de estupefacientes.

Desde el Estudio Jurídico MBG & Asociados, que representa a la familia, se informó que se logró demostrar la ausencia de motivos suficientes para mantener la detención, garantizando así el respeto de las garantías constitucionales.

“Hasta que sea condenado, es inocente”, subrayó el Dr. Marín Lombardo, quien junto a la Dra. María Belén Gómez y el Dr. Pablo Exequiel Palacio, logró la liberación de los tres imputados.

Despido sin defensa

Lo que genera mayor preocupación es que, mientras el funcionario permanecía detenido, el municipio procedió a despedirlo sin permitirle ejercer ningún tipo de defensa. La decisión fue tomada antes de que se resolviera su situación judicial, vulnerando el principio de presunción de inocencia consagrado en la Constitución Nacional y en tratados internacionales de Derechos Humanos.

“Antes de ser condenado, ya fue considerado culpable y echado del trabajo”, denunció el abogado, quien calificó la medida como una violación flagrante de derechos fundamentales.

Presunción de inocencia: ¿principio constitucional o papel mojado?

La rapidez con la que se ejecutó el despido del funcionario municipal detenido —sin resolución judicial ni posibilidad de defensa— revela una preocupante tendencia: la criminalización anticipada. En lugar de esperar el curso legal, se aplican sanciones laborales como si la detención equivaliera a condena.

La Constitución Nacional, en su artículo 18, es clara: “Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley.” Y los tratados internacionales que Argentina ha incorporado con jerarquía constitucional refuerzan este principio.

Cuando una institución pública decide despedir a un trabajador sin permitirle ejercer su defensa, no solo vulnera derechos individuales, sino que erosiona la legitimidad del Estado como garante de justicia. La presunción de inocencia no es un tecnicismo jurídico: es un pilar democrático.

Aplicar la ley sin respetar la ley es, en sí mismo, una forma de violencia institucional.
El Estado debe ser el primero en honrar las garantías que exige a los ciudadanos.

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El abogado Pablo Palacio, defensor de Alberto Aquiles Ocampo y su familia, aseguró que “la situación es distinta a lo que se ha dicho en redes sociales”.

La autopsia preliminar de la beba Valentina confirmaría la versión médica inicial, informó el abogado de la familia. Pidió contención para la familia, dado que la información oficial de Salud Pública fue una declaración mediática que no tuvo ninguna acción real, pues nadie se comunicó con la familia, ni siquiera por teléfono.

Así lo confirmó el fiscal de la causa Jorge Gutiérrez, quien contó que “lo vio el medico policial, se le notificaron sus derechos y se le designó un defensor oficial”. Esto fue posible porque le bajaron la sedación y ya puede respirar y comer por sus propios medios.

El lunes se realizó la selección del jurado y el martes comenzó el debate por la imputación de abuso sexual agravado contra Oscar Alfredo Irigoyen. Finalmente, cerca de las 16 horas de este jueves, el jurado deliberó y condenó al acusado.

La Sala Penal del STJ ordenó el cambio de jurisdicción tras un planteo de la defensa. El debate se realizará fuera de los Departamentos de la Costa del Uruguay para garantizar la imparcialidad del tribunal.

Inconcebible pero real. Ocurrió y no es un invento macabro, la realidad supera cualquier ficción. Ocurrió en Concordia, ciudad en la que cualquier cosa puede pasar y ya nada podría extrañar a propios y extraños, pero llevar el cuerpecito de una beba muerta para sepultarla en Feliciano y darse cuenta que no es la hija de la madre que quería sepultarla, originó un legítimo reclamo, que encontró respuesta del hospital, diciendo que habían ubicado a la beba en la morguera del nosocomio. Triste y lúgubre final del cual seguramente, nadie se hará cargo.

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Por Juan Martín Garay (*)

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El accidente ocurrió en el kilómetro 189 de la ruta nacional 18, a la altura del acceso a Jubileo. Los choferes de ambos rodados fallecieron y una tercera persona fue trasladada de urgencia al hospital Masvernat de Concordia.

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