El Gobierno modificó el régimen de los desarmaderos de autos

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El gobierno de Javier Milei modificó este lunes el régimen que guía la actividad en los desarmaderos de autos y la compra venta de autopartes usadas. Así quedó plasmado en el Decreto 536/2025 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas de Milei; su Jefe de Gabinete, Guillermo Francos y el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona.

Así, el Gobierno eliminó la renovación anual obligatoria de inscripciones y avanzó en el refuerzo de los mecanismos de control y trazabilidad de las piezas en todo el país.

La medida afecta a todas las personas físicas y jurídicas que desarmen vehículos o comercialicen repuestos usados, así como a las compañías aseguradoras, fuerzas de seguridad y organismos de control.

desarmadero

Entre los considerandos de la medida el Gobierno advirtió que responde a la necesidad de modernizar procedimientos que, hasta ahora, exigían presentaciones en papel, fotografías impresas y trámites presenciales.

El nuevo régimen establece que la solicitud de baja de un automotor y la declaración de piezas recuperables deberán realizarse de manera digital, a través de la plataforma de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.

Así, el desarmadero responsable deberá registrar digitalmente el listado de piezas, la documentación y las fotografías exigidas, con la firma del titular registral y, en su caso, de su cónyuge y acreedores prendarios.

El Certificado de Baja y Desarme también será emitido en formato digital y estará disponible para consulta y descarga por los sujetos intervinientes.

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El decreto refuerza además la trazabilidad de las autopartes recuperables mediante la asignación de un código identificatorio único para cada pieza, que permitirá su seguimiento en tiempo real. Los desarmaderos serán responsables de identificar cada autoparte reutilizable y registrar su ingreso y egreso en la plataforma digital. Las fuerzas de seguridad y autoridades policiales podrán consultar en línea el stock total de piezas registradas, los datos específicos de cada pieza y la autenticidad de los códigos identificatorios.

Además se eliminó la obligación de renovar anualmente la inscripción en el Registro Único de Desarmaderos de Automotores y Actividades Conexas. A partir de ahora, los desarmaderos y comerciantes de autopartes deberán mantener actualizada la documentación en la forma y periodicidad que disponga la Dirección Nacional, pero sin la carga administrativa de la renovación anual.

El decreto también incorpora la posibilidad de notificar electrónicamente la inactividad transitoria de los desarmaderos o los impedimentos operativos, lo que permitirá evitar sanciones cuando existan causas debidamente informadas.

Las compañías aseguradoras deberán exigir el Certificado de Baja y Desarme digital antes de pagar indemnizaciones por destrucción total o daño total de vehículos. En casos de robo o hurto, se requerirá la denuncia correspondiente inscripta ante la Dirección Nacional o el Registro Seccional. La Superintendencia de Seguros de la Nación dictará las disposiciones complementarias para adecuar las pólizas a la nueva normativa.

Las fuerzas de seguridad podrán inspeccionar locales, detener vehículos que transporten autopartes y verificar la documentación y el estado de las piezas. El Ministerio de Seguridad Nacional deberá proveer un instructivo detallado para las inspecciones y podrá realizar campañas informativas sobre el alcance de la ley.

La Dirección Nacional y las autoridades competentes tendrán 60 días corridos desde la publicación del decreto para adecuar sus sistemas y procedimientos. La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía deberá dictar, en el mismo plazo, la normativa complementaria sobre las características técnicas y funcionamiento del código identificatorio de autopartes.

Una vez cumplidos los plazos de adecuación, los desarmaderos y comerciantes deberán presentar una declaración jurada detallando el stock de piezas usadas incluidas en el listado oficial. Las piezas que no cumplan con los requisitos de identificación y documentación deberán ser destruidas.

Decreto 536/2025:

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