Doce años de prisión efectiva para un narco.

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Fue por decisión de la Sala II, que rechazó el recurso presentado por la defensa del condenado, detenido en diciembre de 2023 al trasladar personalmente casi 11 kilos de cocaína desde la provincia de Salta a Corrientes y Chaco. En la sentencia, también se le atribuyó otro hecho en el que se secuestraron más de 6 kilos del mismo estupefaciente.

La sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a 12 años de prisión para un hombre que fue condenado por el transporte de más de 17 kilos de cocaína en diciembre de 2023. Ante esta instancia, intervino el fiscal general Raúl Pleé a cargo de la Fiscalía N°3 mientras que el juicio actuaron el titular de la Fiscalía General ante el Tribunal Oral de Corrientes Carlos Schaefer y la auxiliar fiscal Tamara Pourcel.

En noviembre del año pasado, Jorge Esteban Villalba fue considerado responsable del delito de transporte de estupefacientes por el juez federal Víctor Antonio Alonso, integrante del Tribunal Oral de Corrientes. En la sentencia, se indicó que el hombre fue detenido en la ciudad de Hipólito Yrigoyen, provincia de Salta, el 10 de diciembre de 2023 cuando conducía un automóvil Honda Civic, en cuyo baúl se encontraron once paquetes de clorhidrato de cocaína equivalentes a 10,713 kilogramos y 104 gramos de hojas de coca.

De acuerdo con la investigación, realizada en su momento por la Fiscalía Federal N°1 de Corrientes, a cargo del fiscal federal Flavio Ferrini, y con la intervención del secretario de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR) asignado en Corrientes, Nicolás Ricardo Marquevich, el material estupefaciente tenía como destino las provincias de Corrientes y Chaco.

Además de ese hecho, el tribunal consideró a Villalba partícipe necesario del transporte de otros 6,69 kilos de cocaína hallados el 8 de diciembre de ese año dentro de un auto que era de su propiedad. Contra esa sentencia, la defensa presentó un recurso de casación donde cuestionó los fundamentos de la decisión y el monto de la pena impuesta, por lo que reclamó la absolución.

El fallo

El máximo tribunal penal, integrado por los jueces Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci y la magistrada Ángela Ledesma, rechazó de manera unánime los argumentos esgrimidos por la defensa.

En su voto, el juez Slokar destacó que nunca estuvo Villalba ante un “escenario de indefensión” como el que se planteó en el recurso. Desestimó también el reclamo debido a la intervención de un imputado arrepentido y explicó que no fue el único elemento de prueba utilizado.

En ese sentido, destacó que el magistrado federal que intervino durante la instrucción “ordenó las intervenciones telefónicas, en forma fundada, con remisión -valga la repetición- a la investigación efectuada por la prevención, bajo la dirección de la fiscalía” y que ello fue evidenciado durante el debate.

“En estas condiciones, no sin dejar de soslayar que la defensa vuelve sobre las mismas consideraciones que fuesen puestas de relevo al momento de los alegatos desde esta perspectiva, se advierte de la pieza sentencial en estudio que se contó con elementos suficientes para arribar a la convicción respecto de la materialidad del hecho aquí evaluado y de la ligazón del imputado en el grado de responsabilidad expresado”, señaló el juez Slokar en su voto, con el que coincidieron sus colegas.

“Desde esta perspectiva, los elementos probatorios no fueron considerados en la sentencia en forma aislada, sino que forman parte de un complejo entramado, donde el resultado final se construye a partir de una visión de conjunto con una adecuada correlación entre ellos. En estas condiciones, se observa que las razones expuestas por el a quo resultan suficientes para desestimar las críticas de la defensa, las que no fueron suficientemente controvertidas en su presentación recursiva”, concluyó Slokar.

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